Se extiende de manera transitoria el plazo de mora aplicable, para que un microcrédito se mantenga como Modificado

Microcréditos modificados podrán mantener su calificación y su condición de modificados, siempre y cuando no superen los 60 días de mora. Superado este plazo deberán marcarse como Reestructurados.
Sin duda hay gran preocupación por el alto deterioro que viene presentando la cartera vencida y en el segmento microfinanciero las alarmas están prendidas, teniendo en cuenta la vulnerabilidad de este segmento.
De diciembre de 2023 a enero de 2.024 el saldo de cartera vencida de Microcrédito paso del 8,2% al 9.7%.
Es así, que como parte del ejercicio de evaluación de los efectos generados por la reciente de desaceleración económica, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), ha identificado un impacto relevante en la capacidad de pago de los pequeños empresarios y particularmente de los deudores de la cartera de Microcrédito, lo cual podría afectar el desarrollo del crédito productivo en el país.
Por lo anterior, Mediante la Circular Externa 006 de 2024 de abril 3 de 2024, la SFC procedió a definir medidas transitorias para que los deudores de la cartera de Microcrédito cuenten con una ventana de tiempo adicional para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones y en este sentido impartió instrucciones transitorias para la gestión de los microcréditos de deudores que se acojan a medidas de modificación. Particularmente extendió de manera transitoria, el plazo de mora aplicable para que un Microcrédito pueda continuar siendo clasificado como modificado.
Es así como a partir de esta circular se permite que los micro créditos que hayan sido modificados se mantengan en dicha categoría siempre que no presten una mayor Mora mayor a 60 días y una vez superen este rango de Mora se deben reconocer como créditos restructurados.
Las entidades crediticias podrán continuar aplicando el plazo de 30 días demora cuando así lo consideren en su gestión de riesgos.
Por su parte , advirtió la SFC, que los microcréditos que a la fecha de esta circular se encuentran reestructurados, deben mantenerse en dicha categoría hasta que los deudores efectúen pagos regulares y efectivos a capital e intereses por un pedido ininterrumpido de 12 meses.
Tampoco las entidades podrán reversar de manera automática las provisiones constituidas sobre los microcréditos que se encuentran modificados o restructurados con anterioridad a la fecha de entrada de esta circular.
CARTERA VENCIDA
Al cierre del año 2023, el indicador de calidad de cartera por mora para el total del portafolio, calculado como la relación entre el saldo vencido y bruto fue de 5% para el Total de la cartera, mientras el microcrédito reportó un indicador de 8.6%, seguido de consumo que se situó en 8.2%, comercial en 3.5% y vivienda en 3.2%. Al sumarle los Castigos, el indicador de mora de microcrédito se eleva al 11.9%. Mientras que en 2022 los indicadores de mora para microcrédito se encontraban en niveles del 5.6% y con castigos del 9.5%.
A enero, la cartera vencida de microcrédito dio un brinco al situarse en el 9,7%.Según lo resaltó María Clara Hoyos presidente Ejecutiva de Asomicrofinanzas, el balance del Microcrédito en 2023 fue agridulce, por una parte, el crecimiento en la cartera el número de créditos ha visto deshacer su dinámica; por otra parte, las dificultades de orden público han vuelto impenetrables algunas zonas del país para todo esfuerzo inclusión Financiera, las altas tasas de interés han impactado en mayor medida este segmento y por si fuera poco, la cartera vencida ha mostrado una alarmante deterioro que evidencia que la capacidad de pago de los microempresarios se ha visto afectada.
Para María Clara Hoyos, en cuanto a la cartera vencida de este segmento, la situación es más alarmante porque "la población lo que tiene es solo su trabajo para subsistir y si no se venden sus productos no pueden avanzar en su día día y como la microempresa es la base de la economía popular, todos se ven afectados.
Por regiones la cartera bruta de Microcrédito está distribuida así: Región Andina occidental 25.3%; Andina Oriental 24.7%; Pacífico 20%; Caribe 13.9%; Bogotá 6.8%; Orinoquia 5.6% y Amazonía 3.8%.