Hipoteca Inversa: A las cosas hay que llamarlas por su nombre

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Por: Eduardo Rincón Presidente de Asofactoring 

No es una pensión de jubilación por vejez, que se les está otorgando a las personas de la tercera edad.  Menos pensar que se trata de despojar de sus derechos herenciales al grupo familiar.  Sería pensar muy ligero.

Esta figura, no se la ha inventado tampoco el gobierno del Presidente DUQUE.  Ni el Centro Democrático o cualquiera de los partidos que conforman la coalición de gobierno.  Existe en 30 países, por lo que es una idea universal.  Y tampoco se trata de voltear al revés una reforma al sistema de pensiones.

A las cosas hay que llamarlas por su nombre.  Un adulto mayor, o una pareja de adultos, cuenta con un patrimonio ilíquido, pero tiene limitaciones para solventar la subsistencia.  De pronto consiguió una pensión pero no le alcanza para subsistir.  Entonces, al necesitar un ingreso complementario, negocia con una institución financiera o con una aseguradora, la venta de su vivienda, condicionada a que recibirá el pago diferido, durante el tiempo que señale la expectativa de vida de la pareja en su conjunto.  Al final, fallecidos los dos esposos, y si aparecen los hijos, se les da la opción de que paguen el saldo insoluto, y recuperen la propiedad, cancelando la hipoteca. 

El papel de la aseguradora es fundamental, toda vez de que también puede darse el caso de que los dos adultos mayores llegaren a vivir más allá de la expectativa de vida que se tuvo en cuenta inicialmente, se garantice la mensualidad en el periodo de “estralongevidad”.

En conclusión, tanto el sistema de hipoteca inversa, como los procedimientos, los seguros y la extralongevidad están visualizados universalmente.  No se puede armar una tempestad, antes de que el modelo llegue a Colombia.